TAR

Políticas para volar con tu mascota

Resumen de políticas


Cabina de pasajeros

Cabina de equipaje
Animales permitidos
  • Perros
  • Gatos
Animales permitidos
  • Perros
  • Gatos
Peso permitido
Máximo 10 kg.
Peso permitido
Máximo 20 kg.
Costo
Costo

Consideraciones generales

  • El manejo de animales domésticos y de servicio, a bordo de las aeronaves del servicio al público de transporte aéreo de pasajeros, se realizará con trato humanitario.
  • Por seguridad, no se permite transportar perros y gatos de nariz chata o corta (braquiocefálicos, de fosas nasales muy estrechas) debido a que son susceptibles de sufrir asfixia y problemas de respiración cuando están expuestos al estrés o al calor.
  • Es importante mencionar que TAR Aerolíneas no es responsable de cualquier eventualidad que pudiera resultar por la transportación de ASER, PETC, AVIH.
  • En caso de vuelos con conexión, el animal de servicio deberá de viajar en todos los tramos incluidos en la reserva original.
  • Los animales domésticos no podrán ser sedados por ningún motivo.
  • No podrán ser transportados animales infectados, ya sea vivos o muertos.
  • No podrán ser transportados a bordo de la cabina de pasajeros, los animales domésticos que por la naturaleza propia de su especie o raza sean potencialmente peligrosos y pudieran representar un riesgo para la tripulación o para los pasajeros.
  • Se permiten únicamente 4 mascotas por vuelo (PETC, ASER y AVIH).
  • Los animales deberán contar con al menos 8 semanas de nacido.
  • No se aceptan animales que representen un riesgo a la salud y seguridad de los pasajeros o tripulantes tales como: víboras y otros reptiles, hurones, arañas, roedores, o bien animales como ponis, puercos y monos que, por su tamaño, dimensiones o restricciones sanitarias no puedan ser admitidos.
  • La mascota debe viajar en el mismo vuelo que su dueño.
  • No se permitirá a menores sin acompañar viajar con mascotas.
  • La empresa no se hará responsable de cualquier eventualidad que pudiera resultar por la transportación de la mascota.
  • El transporte de animales domésticos deberá ser realizado en jaulas o contenedores, proporcionados por el pasajero, quien debe acondicionarlos con material absorbente.
  • La longitud del contenedor debe ser equivalente a la longitud del animal doméstico de la punta de la nariz a la base de la cola, más una cuarta parte de dicha longitud; sin rebasar las medidas establecidas por la aerolínea.
  • El ancho del contenedor debe ser equivalente al doble del ancho del animal doméstico, para lo cual debe tomarse como referencia el punto más ancho del animal; sin rebasar las medidas establecidas por la aerolínea.
  • La altura del contenedor debe ser equivalente a la altura del animal de pie, desde la punta de la cabeza o de las puntas de las orejas hacia el piso; sin rebasar las medidas establecidas por la aerolínea.
  • Las dimensiones del contenedor deben estar relacionadas con el animal doméstico a transportar.

Mascotas en cabina de pasajeros

Requisitos

Los requisitos con los que debe cumplir el pasajero que viaje con mascotas PETC son:

  • Documentación (vigente, en físico el documento original y una copia)Certificado de vacunación (CARNET), expedido por un médico veterinario en papel membretado y con el número de cédula profesional, el cual deberá considerar la aplicación de la vacuna antirrábica con un año a partir de la fecha de aplicación y al menos 30 días antes de la fecha de vuelo y desparasitación no mayor a 6 meses tomando en cuenta la fecha de regreso del pasajero.

    Certificado de salud (Certificado Médico) en original y copia con validez no mayor a un año. Este documento debe estar en papel membretado.

  • Llenar formato correspondiente en donde se deberá firmar responsiva por los posibles daños o la muerte del animal doméstico por causas no atribuibles al concesionario o permisionario.
  • La mascota debe permanecer dentro de la jaula mientras este a bordo de la aeronave y por ningún motivo debe ser extraída de su jaula o del espacio debajo del asiento destinado para su transportación.
  • Las mascotas deben ser presentadas con higiene a fin de evitar molestias entre los demás pasajeros.
  • El tiempo mínimo de presentación a mostrador de documentación es de 2 horas previas a la salida del vuelo.
  • Cualquier desorden o daño a terceros o al equipo de vuelo, deberá ser cubierto por el pasajero responsable.
  • En caso de ser necesario, la responsabilidad de la limpieza a bordo del avión corresponde totalmente al cliente.
  • La mascota deberá permanecer debajo del asiento del pasajero.
  • Los pasajeros que viajan con una mascota en la cabina no podrán sentarse en una fila con panel divisorio, salida de emergencia o con servicios especiales. Además, no podrá asignarse asientos en toda la fila con la letra “A”, ya que por su configuración las jaulas no entrarían debajo de los asientos.
  • Los asientos asignados para la transportación serán en ventanilla.

Restricciones

  • Solo se aceptará una mascota por jaula y por pasajero.
  • No se permitirán mascotas con tratamiento veterinario.
  • No se permitirá a menores sin acompañar viajar con mascotas.
  • No se permitirá proporcionar alimentos o líquidos a la mascota a bordo del avión.
  • No se administrará oxígeno a una mascota en caso de emergencia.

Jaula o contenedor

  • Las mascotas serán transportadas en cabina de pasajeros en un KENNEL o Sherpa
  • Los kennel deberán ser de plástico rígido, la puerta deberá de ser de malla metálica con seguros que la bloqueen para cerrar o abrir, deberá tener ventilación lateral por ambos lados, sin ruedas y debe contar en su base interior con material absorbente
  • Las Sherpas deberán ser de nylon acolchonado, impermeable con costura de alta resistencia, además deberá contar con malla de ventilación en dos o más lados, cierres de bloqueo funcionales al 100% y piso fabricado de material absorbente.
  • Deberá tener suficiente espacio para que la mascota estando de pie pueda girar, pueda recostarse de manera natural, pueda pararse y sentarse erguido.
  • El interior del contenedor debe ser suave, sin protuberancias.
  • El animal no debe mostrar signos de cansancio físico, ni estar herido ni bajo tranquilizantes.
  • El KENNEL o Sherpa deberá entrar completamente debajo del asiento frente al pasajero.

Mascotas documentadas en la cabina de equipaje

Requisitos

El transporte de mascota documentada deberá ser realizado en jaulas o contenedores, proporcionados por el pasajero, quien debe acondicionarlos con material absorbente.

Adicional a ello, se cuenta con las siguientes restricciones y en caso de tener alguna de ellas, TAR Aerolíneas podría negar la transportación de la mascota en compartimento de carga.

  • No se aceptarán animales documentados como equipaje si la temperatura en cualquier punto del viaje es inferior a -6°C (20°F) o superior a 30°C (85°F). Se define como punto de viaje el aeropuerto de salida, el aeropuerto de destino, y en su caso los aeropuertos de tránsito o conexión.
  • No se permite el transporte de hembras en estado de preñez a menos que por medio de un certificado de un veterinario se acredite que el animal está en condiciones de viajar y que no hay riesgo de que se produzca el parto durante la travesía.
  • No se permite el transporte de hembras con crías lactantes, tampoco crías que para su alimentación aún dependas de su madre.
  • No se administrará oxígeno a una mascota en caso de emergencia.
  • Solo se aceptará una mascota por jaula y por pasajero.
  • No se permitirán mascotas con tratamiento veterinario.

Jaula o contenedor

  • El exterior del contenedor deberá ser de fibra de vidrio o de plástico duro exclusivamente. Si las ruedas son retractiles, deberá bloquearlas con cinta adhesiva.
  • El contenedor debe ser ventilado apropiadamente mediante, al menos, tres de sus lados, con la mayoría de los agujeros de ventilación en la parte superior del contenedor.
  • Debe tener manijas exteriores que permitan el manejo de la misma para prevenir cualquier contacto directo con el animal.
  • La puerta deberá incluir un sistema de cierre centralizado para cerrar simultáneamente los 2 puntos de cierre situados en la parte superior e inferior de la puerta. Las bisagras de la puerta deberán sobrepasar del borde horizontal situado en la parte superior e inferior de la puerta de 1.6 cm como mínimo.
  • Las 2 partes del contenedor deberán ir acopladas y aseguradas obligadamente con pernos o cintillos de plástico. Los otros sistemas de cierre lateral están estrictamente prohibidos.
  • El fondo del contenedor deberá cubrirse con una manta, papel periódico o cualquier otro material absorbente. Se prohíbe utilizar paja.
  • Debe estar limpia y haber sido fabricada con el solo propósito de servicio de contenedor de animales. No se permiten jaulas fabricadas por el pasajero como son las hechas de madera y malla de alambre.
  • El animal deberá contar con suficiente espacio para poder mantenerse de pie, con la cabeza totalmente erguida, sin tocar la parte superior del contenedor. Además, deberá poder darse ña vuelta fácilmente y echarse cómodamente.
  • El animal no deberá ir atado con correa ni llevar bozal. Estos accesorios tampoco deben dejarse en el contenedor.
  • El animal no debe mostrar signos de cansancio físico, ni estar herido ni bajo tranquilizantes.
  • Asimismo, le recomendamos colocar por lo menos 1 escudilla en el contenedor. La escudilla debe estar vacía, ir fijada al contenedor y ser accesible sin abrir el contenedor.
  • El suelo debe ser sólido y a prueba de filtraciones.

Animales de servicio y asistencia

Existen dos tipos de animales de Asistencia (ASER) que pueden viajar con nuestros pasajeros

  • Animales de servicio y asistencia: Son animales entrenados especialmente para acompañar personas en condición de discapacidad, para brindarles apoyo visual o auditivo, son también llamados “perros lazarillos”.
  • Animales de soporte emocional: Dentro de esta clasificación tenemos a los animales que acompañan a personas que requieran apoyo sensorial (pasajeros con epilepsia), emocional o psiquiátrico.

IMPORTANTE: únicamente serán aceptados como animales ASER perros y gatos que cumplan con todas las especificaciones, restricciones y requerimientos que se solicitan en este apartado. No son aceptados como animales ASER roedores o cualquier variante de ellos (ratones, ratas, hámsteres, jerbos, reptiles y cobayas), ya que ningún roedor puede viajar a bordo del avión. Tampoco aves, animales pequeños de bolsillo como erizos, conejos, chinchillas, perros de la pradera y hurones.

Buscando la comodidad de la mascota y por cuestiones de seguridad para ésta y para el resto de los pasajeros, los animales de servicio en cabina que tengan un peso mayor a 30 kg, se recomienda no transportarlos o comprar un asiento asignado para que no afecte procesos de seguridad y comodidad de las mascotas.

Los animales de servicio viajando en la cabina de pasajeros no serán incluidos en la franquicia de equipaje permitida al pasajero y no tendrán ningún cargo adicional cuando viajen acompañando al pasajero discapacitado.

Requisitos

Los requisitos con los que debe cumplir el pasajero que viaje con Animales de Servicio ASER son:

  • Documentación (vigente, en físico el documento original y una copia)Certificado de vacunación (CARNET), el cual deberá considerar la aplicación de la vacuna antirrábica con un año a partir de la fecha de aplicación o al menos 30 días antes de la fecha de vuelo y desparasitación no mayor a 6 meses tomando en cuenta la fecha de regreso del pasajero.

    Certificado de salud (Certificado Médico) en original y copia con validez no mayor a un año. Este documento debe estar en papel membretado.

    El pasajero que requiera abordar con un animal de soporte emocional, deberá presentar el certificado médico en papel membretado emitido por su médico o profesional de la salud (psiquiatra, no psicólogo), en donde señale que el pasajero requiere llevar este tipo de animal de asistencia por su tratamiento específico, con vigencia de expedición no mayor a un año de la fecha de vuelo. (para el caso de animal de soporte)

  • El animal de servicio deberá estar adiestrado y la persona con discapacidad deberá haber sido instruida en el cuidado y manejo del perro.
  • El animal de servicio deberá estar vacunado, limpio y provisto de arnés.
  • Firmar responsiva de los posibles daños o la muerte del animal doméstico por causas no atribuibles al concesionario o permisionario.
  • El tiempo mínimo de presentación a mostrador de documentación es de 2 horas previas a la salida del vuelo.

Es importante mencionar que, en caso de no cumplir con los requerimientos anteriores, el animal de servicio podrá ser transportado como mascota en compartimento de carga presurizado, siendo susceptible al cargo correspondiente a AVIH (animal en compartimento de carga)

Consideraciones

  • Cualquier desorden o daño a terceros o al equipo de vuelo, deberá ser cubierto por el pasajero responsable del animal de asistencia/servicio.
  • Los pasajeros con animales de servicio deberán ser documentados en las primeras filas de la cabina y nunca en salida de emergencia.
  • El animal de servicio podrá viajar con o sin jaula siempre y cuando dicha jaula cumpla con los requerimientos establecidos, para viajar en cabina.
  • En caso de ser necesario, la responsabilidad de la limpieza a bordo del avión corresponde totalmente al pasajero.
  • La mascota de apoyo emocional deberá permanecer durante todo el vuelo en el regazo, en las piernas del cliente o en el espacio debajo del asiento que se encuentra frente al cliente, todo ello para evitar que invada el espacio de otros clientes o se extienda sobre el pasillo.
  • El pasajero deberá sujetarse a las medidas de seguridad operacional aplicables, las cuales deberán informársele.
  • Los pasajeros que viajan con una mascota en la cabina no podrán sentarse en una fila con panel divisorio, salida de emergencia o con servicios especiales. Además, no podrá asignarse asientos en toda la fila con la letra “A”, ya que por su configuración las jaulas no entrarían debajo de los asientos.
  • Los asientos asignados para la transportación serán en ventanilla.

Restricciones

  • Solo se acepta un animal de servicio por pasajero.
  • No se permitirá proporcionar alimentos o líquidos a la mascota a bordo del avión.
  • Los animales de apoyo emocional por ningún motivo podrán ser colocadas en los asientos destinados para los clientes, aunque se encuentren vacíos.
  • No se permitirán mascotas con tratamiento veterinario.
  • No se administrará oxígeno a una mascota en caso de emergencia.
La información mostrada puede cambiar sin previo aviso.
Te sugerimos contactar a la aerolínea para conocer las condiciones vigentes.